Últimos cambios de AFIP sobre PyMES

Informe sobre el impacto en PyMES y grandes empresas
¿Cómo aplicaría el proyecto de ganancias?

La AFIP suspende hasta el 31 de agosto inclusive la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para pequeñas empresas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que se suspende hasta el 31 de agosto, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares. La medida se suma a los distintos beneficios implementados a lo largo de la pandemia. Asimismo, se iniciarán las acciones necesarias para recaudar los ingresos tributarios adeudados por aquellos sectores económicos que en la actualidad no se encuentran afectados en forma crítica.

La AFIP suspende hasta el 31 de agosto inclusive la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para pequeñas empresas

La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5000/2021 que se publicó en el Boletín Oficial. “Atento que continúan vigentes las razones que motivaron las suspensiones citadas y a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resulta aconsejable extender su temporalidad hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive”, añadió el organismo.

La suspensión -cuyo vencimiento operaba este lunes- alcanza a los sujetos que revistan la condición de Micro o Pequeñas Empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES” y/o desarrollen como actividad principal alguna de las actividades económicas afectadas en forma crítica.

El ente recaudador suspendió también -hasta la misma fecha- la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja.

La Resolución General 5000 de la AFIP mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones. La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.

Con la aprobación del Senado, será ley la modificación del impuesto a las Ganancias para empresas

Los cambios en las alícuotas impulsados por el Poder Ejecutivo nacional se convertirá en ley con el apoyo del oficialismo mientras la oposición lo rechazará. No habrá cambios y se votará la misma media sanción de Diputados.

El Senado aprobará hoy, miércoles 2 de junio, y convertirá en ley las modificaciones al Impuesto a las Ganancias a empresas que impulsa el oficialismo.

El Senado aprobará hoy, miércoles 2 de junio, y convertirá en ley las modificaciones al Impuesto a las Ganancias a empresas que impulsa el oficialismo

Sin cambios a la media sanción de Diputados, se espera que dicho proyecto de ley cuente con el aval del Frente de Todos y algunos aliados, al igual que ocurrió en la reunión de comisión cuando la iniciativa recibió dictamen de mayoría, mientras que la bancada de Juntos por el Cambio anunció que se opondrá en el recinto de sesiones.

El presidente de la Comisión de Presupuesto, el peronista cordobés Carlos Caserio, defendió la iniciativa argumentando que “el 90% de las empresas argentinas pagarán menos o el mismo impuesto en 2022.Las únicas empresas que pagarán más que antes serán las que tengan más de $50 millones de utilidades. Es un sector minoritario. No es real que acá haya un ajuste atroz para las empresas”.

Sorpresivamente, el oficialista neuquino Oscar Parrilli, consideró que “nos quedamos a mitad de camino con este proyecto. Deberíamos volver al diez por ciento original y no mantener el siete por ciento del impuesto adicional. A veces hacemos un discurso en beneficio de las PyMEs y, en realidad, estamos beneficiando a las grandes empresas”.

En contra del proyecto, el radical porteño Martín Lousteau declaró que “está claro que esto es un aumento de la presión tributaria y que ese aumento, para poder pasar el filtro político, se ha recargado sobre dos tercios de los generadores de trabajo de la Argentina. Eso va a tener impacto en la tasa de inversión -si todo el resto de los factores se mantienen constantes- tanto como en el nivel de precios y en el de generación de empleo”.

El proyecto

La iniciativa oficialista busca -a priori- aliviar la carga fiscal para las pequeñas y medianas empresas, al proponer una estructura de alícuotas marginales escalonadas con tres segmentos en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada de cada sociedad.

En dicho proyecto se establece un primer escalón impositivo del 25% para ganancias netas acumuladas de hasta $5 millones, una alícuota que no sólo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.

Proyecto – Escalones impositivos
25% hasta $5 millones
30% hasta $50 millones
35% superiores a $50 millones

El segundo escalón -de 30%- es para ganancias netas acumuladas de más de $5 millones y hasta $50 millones, y un último segmento de 35% para ganancias netas acumuladas superiores a $50 millones.

Los dividendos distribuidos pagarán en todos los casos la alícuota especial de 7%, a través del impuesto vigente. El proyecto establece que el pago sea progresivo, es decir, que una empresa que haya tenido 60 millones de pesos de ganancias netas anuales pagará: el 25% por los primeros 5 millones; 30% para los siguientes 45 millones; y 35% para los 10 restantes.

Información de Boletín Oficial Rep. Arg.- Economista -Parlamentario